Forma Juridica

Sociedad Limitada Nueva Empresa:

  • Es una especialidad de la sociedad limitada.
  • El número máximo de socios es cinco, que han de ser personas físicas.
  • El capital social mínimo, en el momento de constituir la sociedad, es de 3.000 euros y el máximo de 120.000 euros.
  • Su capital social está dividido en participaciones sociales y la responsabilidad frente a terceros está limitada al capital aportado.
  • El objeto social es genérico para permitir una mayor flexibilidad en el desarrollo de las actividades empresariales.
Características:
  • Responsabilidad: Los socios no responden personalmente de las deudas sociales, estando limitada su responsabilidad al capital aportado.
  • Naturaleza: Tiene carácter mercantil con independencia de la actividad que desarrolle
  • Personalidad jurídica: La inscripción en el Registro Mercantil tiene carácter constitutivo.
  • Documentación: La transmisión debe constar en documento público y recogerse en el Libro registro de socios.
  • Asistencia: Todos los socios tienen derecho de asistencia con independencia del número de participaciones.
  • Constancia de acuerdos. Todos los acuerdos sociales deben constar en acta, que puede ser notarial.
  • Duración del cargo: Puede ser indefinida.
  • Reparto de beneficios: Antes de proceder al reparto de beneficios es requisito legal aplicar a la Reserva Lega el equivalente  al 10% del beneficio, al menos hasta que dicha Reserva alcance el 20% del capital social.

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